El Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación creó el Código de Buenas Prácticas Comerciales de Distribución Mayorista y Minorista que deberán aplicar todos los comercios alcanzados por la Ley de .

De acuerdo a la cartera, uno de los es “posibilitar un trato equitativo entre las grandes empresas, PyMEs, cooperativas y emprendimientos de la agricultura familiar”. La medida comenzará a regir dentro de 30 días.

La Resolución 340/21 de la Secretaría de Comercio publicada este lunes en el Boletín Oficial establece el Código, una norma complementaria a la ley N 27.545. Según el documento oficial, esta reglamentación “promueve la protección del interés general, la libre competencia y la disolución de prácticas desleales y abusivas”.

¿Para quienes rige el código?

Esta norma es de aplicación obligatoria para todos los comercios alcanzados por la Ley Nº27.545 que tengan una facturación bruta anual superior a los $300.000.000 de unidades móviles según lo establece la Ley de Defensa de la Competencia (N°27.442). Además, se permite que otras empresas puedan adoptar el Código de Buenas Prácticas Comerciales mediante adhesión voluntaria.

¿Qué establece el código?

  • Igual modalidad y plazos de pago para todos los proveedores
Espacios de exhibición
  • Mismas condiciones de exhibición, devolución de envases retornables, reposición, logística y distribución.
  • No podrán exhibirse productos que induzcan al error respecto al precio u otras características
  • Los bienes deberán exhibirse de manera uniforme en estantes
Acuerdos de provisión
  • Los acuerdos de provisión deben estar detallados por escrito
  • Se prohíbe la entrega de mercadería gratuita o con bonificaciones
  • Se prohíben acuerdos que impongan seguros o anticipos con condiciones financieras discriminatorias
  • Queda nulo el otorgamiento de ventajas a un proveedor en particular por sobre otro
Stock
  • Los comercios deben informar con cartelería específica eventuales faltas de stock y brindar datos sobre plazos de reposición
Puntos de venta
  • Deben estar ordenadas según las categorías establecidas por la Ley
  • Deben promover una comparación rápida y accesible entre productos similares o sustitutos

¿Qué establece la Ley de Góndolas?

La Ley de Góndolas Nº27.545 estableció que se deberá contar con al menos proveedores distintos por cada categoría de productos y que ninguno supere el 30% del espacio de exhibición en góndolas. También agregó que por cada categoría debe existir al menos un 25% de espacio de exhibición en góndolas para micro y pequeñas empresas.

Además, por cada categoría debe existir por lo menos un 5% de espacio de exhibición en góndolas para empresas de agricultura familiar, campesina, o indígena y de sectores de la economía popular. Otro medida que se estableció en la ley determina que en los exhibidores que están al lado de las cajas del supermercado la mitad del espacio de exhibición para la venta debe destinarse a micro y pequeñas empresas, mutuales y cooperativas.

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